Deducciones Personales 2020

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios pagados para usted, su cónyuge, sus padres e hijos y por el cual expidan Recibo de Honorarios o Factura. Medicinas incluidas en facturas de hospitales, no proceden los comprobantes de farmacias.
  • Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge, así como para sus padres e hijos. Los gastos para cubrir funerales a futuro, serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea usted mismo, su cónyuge o sus ascendientes o descendientes en línea recta.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante 2016, por créditos hipotecarios, contratados con las instituciones del sistema financiero (BANCOS, INFONAVIT o FOVISSSTE) siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS). Es necesaria la constancia anual en la que se señale, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año, separando el monto pagado de los intereses reales.
  • Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. Consulte el Directorio de Donatarias Autorizadas. El monto de los donativos que se deduzcan en la Declaración anual del 2016 no deben exceder del 7% de los ingresos acumulables.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia para los planes de retiro. El monto de esta deducción será como máximo de 10% de sus ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año.
  • Transportación escolar de sus descendientes en línea recta (hijos), serán deducibles siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte, debiéndose separar en el comprobante el monto que corresponda a este concepto.
  • El importe de los estímulos fiscales por: depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que puede deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos.
  • Colegiaturas de su conyuge, descendientes en línea recta (hijos), serán deducibles siempre y cuando se solicite el comprobante correspondiente, y no exceda los siguientes limites:

Nivel educativo

Límite anual de deducción*

Preescolar

$14,200.00

Primaria

$12,900.00

Secundaria

$19,900.00

Profesional técnico

$17,100.00

Bachillerato o su equivalente

$24,500.00

 

 

 

Carta para presentar Declaración Anual 2016

Se aproxima el mes de diciembre de 2016 y por ello es importante que las personas que hubieran recibido ingresos por salarios en dicho ejercicio fiscal, soliciten por escrito a su patrón el no realizar el cálculo anual de ISR y deberá presentarse a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio por el que se va a presentar la declaración.

A continuación se enumera los casos en los que se debe presentar dicha carta:

1. Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se declara.

2. Hubieran obtenido ingresos anuales por sueldos y salarios mayores a $ 400,000.00; o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectue el calculo.

3. Reciban ingresos por actividades empresariales.

4. Cuando tengan 2 o más patrones.

5. Cuando tengan deducciones personales del ejercicio 2016 y se quieran incluir en el cálculo del impuesto a fin de tener una devolución de ISR.

 

Adjuntamos un archivo en Word editable para que lo puedan descargar y ajustar con sus datos para que puedan cumplir con dicho requisito. Dicha carta debe ser entregada en el mes de diciembre de 2016 y ser recibida, firmada y sellada por su empresa.

 

 

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Cambios para la Facturación y Nominas de la resolucion miscelanea para 2016 (regla 2.7.1.32)

El SAT publico en la miscelanea fiscal para 2016 (regla 2.7.1.32) las siguientes obligaciones, que entraran en vigor el proximo 15 de Julio de 2016:
 
En los CFDI que se expidan:
1. Regimen fiscal.
2. Forma de pago (En parcialidades o en una sola exhibicion)
3. Consignar en el CFDI la clave correspondiente a la forma de pago, DE ACUERDO AL CATALOGO PUBLICADO POR EL SAT:
         CLAVE                                                 CONCEPTO
               01                                    EFECTIVO (No recomendable)
              02                                    CHEQUE NOMINATIVO
              03                                    TRANSFERENCIA DE FONDOS
              04                                     TARJETA DE CREDITO
              05                                     MONEDEROS ELECTRONICOS
              06                                     DINERO ELECTRONICO
              07                                     TARJETAS DIGITALES
              08                                     VALES DESPENSA
              28                                     TARJETA DE DEBITO
              29                                     TARJETA DE SERVICIOS
              99                                     OTROS (generalmente, en especie)
 
4. Los contribuyentes que tengan empleados, deberan timbrar en el recibo de nomina, de acuerdo a la forma de pago a los colaboradores, la clave que le corresponda de acuerdo al catalogo del SAT.


Carta para presentar Declaración Anual 2015

Se aproxima el mes de diciembre de 2015 y por ello es importante que las personas que hubieran recibido ingresos por salarios en dicho ejercicio fiscal, soliciten por escrito a su patrón el no realizar el cálculo anual de ISR y deberá presentarse a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio por el que se va a presentar la declaración.

A continuación se enumera los casos en los que se debe presentar dicha carta:

1. Hayan iniciado la prestación de servicios con posterioridad al 1 de enero del año de que se declara.

2. Hubieran obtenido ingresos anuales por sueldos y salarios mayores a $ 400,000.00; o hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 1 de diciembre del año por el que se efectue el calculo.

3. Reciban ingresos por actividades empresariales.

4. Cuando tengan 2 o más patrones.

5. Cuando tengan deducciones personales del ejercicio 2015 y se quieran incluir en el cálculo del impuesto a fin de tener una devolución de ISR.

 

Adjuntamos un archivo en Word editable para que lo puedan descargar y ajustar con sus datos para que puedan cumplir con dicho requisito. Dicha carta debe ser entregada en el mes de diciembre de 2015 y ser recibida, firmada y sellada por su empresa.

 

 

Descarga
CARTA DECLARACION ANUAL 2015.doc
Documento Microsoft Word 25.5 KB

Deducciones Personales 2015

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios pagados para usted, su cónyuge, sus padres e hijos y por el cual expidan Recibo de Honorarios o Factura. Medicinas incluidas en facturas de hospitales, no proceden los comprobantes de farmacias.
  • Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge, así como para sus padres e hijos. Los gastos para cubrir funerales a futuro, serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.
  • Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea usted mismo, su cónyuge o sus ascendientes o descendientes en línea recta.
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados durante 2015, por créditos hipotecarios, contratados con las instituciones del sistema financiero (BANCOS, INFONAVIT o FOVISSSTE) siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS). Es necesaria la constancia anual en la que se señale, el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año, separando el monto pagado de los intereses reales.
  • Donativos no onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos), cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos. Consulte el Directorio de Donatarias Autorizadas. El monto de los donativos que se deduzcan en la Declaración anual del 2015 no deben exceder del 7% de los ingresos acumulables.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias, siempre que en este último caso dichas aportaciones cumplan con los requisitos de permanencia para los planes de retiro. El monto de esta deducción será como máximo de 10% de sus ingresos acumulables en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales de su área geográfica elevados al año.
  • Transportación escolar de sus descendientes en línea recta (hijos), serán deducibles siempre y cuando la escuela obligue a todos sus alumnos a pagar el servicio de transporte, debiéndose separar en el comprobante el monto que corresponda a este concepto.
  • El importe de los estímulos fiscales por: depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, así como la adquisición de acciones de sociedades de inversión. El monto que puede deducir por estos conceptos no debe exceder de 152,000 pesos.
  • Colegiaturas de su conyuge, descendientes en línea recta (hijos), serán deducibles siempre y cuando se solicite el comprobante correspondiente, y no exceda los siguientes limites:

Nivel educativo

Límite anual de deducción*

Preescolar

$14,200.00

Primaria

$12,900.00

Secundaria

$19,900.00

Profesional técnico

$17,100.00

Bachillerato o su equivalente

$24,500.00

 

 

 


Constancia de intereses INFONAVIT

En caso de que vayas a presentar tu declaración anual de impuestos ante el SAT, aquí podrás consultar e imprimir la constancia de intereses. Esta carta contiene el monto de los intereses nominales devengados, así como los intereses pagados en el ejercicio anual y los intereses reales por tu crédito Infonavit.

http://portal.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/infonavit/contactanos/tramitesyservicios/audiencia/acreditado/constancia+para+la+declaracion+anual+de+impuestos?id=1fa3f887-16ba-4ca4-8bd8-dbd3a0084e18


Reporte de semanas cotizadas ante el IMSS

El IMSS pone a su disposicion una plataforma de consulta para todos aquellos que han estado inscritos como empleados de una empresa. Los requisitos son tener a la mano: Numero de seguridad social, CURP y Correo electronico. En dicho reporte se mostraran el numero de semanas cotizadas ante el IMSS, asi como los ultimos empleos y sueldos base de cotizacion.

El link directo es: http://201.144.108.69/hlda/


Firma Electronica Avanzada (FIEL)

La Firma Electrónica Avanzada "Fiel" es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo de éste, tal y como si se tratara de una firma autógrafa. Por sus características, la Fiel brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, con su uso se puede identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificado.

Por lo anterior es necesario que al momento de enviar la declaración anual del ejercicio 2012 cuenten con su firma electrónica avanzada, ya que con ello se agiliza el proceso de devoluciones automáticas en su cuenta bancaria.